top of page
Foto del escritorVOCES ROVIRENSES

La reforma pensional fue aprobada en el Senado de la República. A continuación, se detalla lo discutido

Descubra los puntos clave que se debatieron en el Senado y cómo quedó redactado el texto final que sale de esta cámara alta.



Se llevó a cabo un debate exhaustivo sobre la reforma pensional presentada por el gobierno de Gustavo Petro en el Senado de la República. Tras varias sesiones de deliberación, se abordaron todos los artículos y, en su mayoría, se mantuvieron los apartados originales propuestos por el Ministerio del Trabajo.

Sin embargo, se realizaron algunas modificaciones en el texto, especialmente en los artículos más polémicos o debatidos entre las diferentes bancadas y sectores del Senado. Entre estos cambios se incluye el umbral de cotizaciones obligatorias para Colpensiones, la fecha de entrada en vigor de la reforma, la entidad responsable de administrar los ahorros del pilar contributivo y el régimen de transición, entre otros aspectos.


¿Qué sucedió con el umbral de cotización obligatoria para Colpensiones?


Uno de los cambios principales es que, originalmente, el texto proponía que cualquier colombiano con un salario inferior a tres salarios mínimos debía cotizar obligatoriamente en Colpensiones. Sin embargo, tras un acuerdo con el Partido Liberal, el texto aprobado en el Senado establece que este umbral se reduce a 2.3 salarios mínimos. Con esta medida, el gobierno busca aumentar los ingresos para el sistema público de pensiones y reducir el déficit en este sector.


¿Quién estará a cargo de los fondos del pilar contributivo?


Además, se introdujo un nuevo artículo que no estaba contemplado en el texto original, que designa al Banco de la República como la entidad principal responsable de administrar los fondos de ahorro del pilar contributivo. Inicialmente, esta tarea estaba asignada a Colpensiones, pero debido a preocupaciones de algunos sectores del Congreso sobre el control gubernamental de estos fondos, se decidió designar a una entidad independiente para esta función.


¿Qué ocurrirá con los traslados de fondos de pensiones?


Uno de los artículos importantes que fue aprobado sin modificaciones significativas es el artículo 77, que trata sobre la oportunidad de traslado. Este artículo establece que las mujeres deben tener al menos 750 semanas cotizadas y los hombres al menos 900 semanas cotizadas para poder trasladarse de régimen pensional dentro de dos años a partir de la promulgación de la ley.

Además, se aprobó el artículo 76, que establece un régimen de transición para las personas que ya cuentan con un cierto número de semanas cotizadas al entrar en vigor el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez. Para aquellos que cumplen con este requisito, seguirá aplicándose la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones. Se contabilizan las semanas cotizadas en cualquier régimen pensional bajo la Ley 100 de 1993, así como el tiempo de servicio como servidores públicos, sin importar el número de semanas cotizadas. Aquellos que no cumplan con este requisito estarán sujetos a lo establecido en la nueva ley.


¿Cuándo entrará en vigor la reforma?


El artículo 93 establece la fecha de entrada en vigor de la reforma. Según el texto aprobado en el Senado, esta ley entrará en vigencia a partir de julio de 2025. Aunque hubo propuestas para extender esta fecha hasta 2026 o 2027, no fueron aprobadas y la fecha permanece como estaba en el texto original.

De esta manera, la reforma pensional ha superado con éxito el trámite en el Senado de la República y ahora debe pasar por otros dos debates en la Cámara de Representantes antes del 20 de junio para poder ser sancionada por el presidente. De lo contrario, la reforma podría naufragar, ya que los proyectos de ley de este tipo solo tienen dos oportunidades para avanzar en el legislativo."

0 visualizaciones0 comentarios

Comentários


bottom of page